Si estás buscando clínicas para abortar en Querétaro podemos ayudarte. A pesar de que aún no es legal la interrupción del embarazo en Querétaro. La mayoría de las pacientes de Querétaro vienen a CDMX a realizar el procedimiento de forma legal y segura.
En Querétaro únicamente se puede interrumpir el embarazo por las siguientes razones: Por violación y por imprudencial culposo siendo uno de los estados en el que el aborto esta más restringido en el país.

¿Qué puedo hacer si quiero interrumpir mi embarazo y vivo en Querétaro?

Muchas mujeres de Querétaro viajan a la Ciudad de México a interrumpir su embarazo de forma legal y segura ya que la interrupción del embarazo fue despenalizada en el 2007 por lo que cualquier mujer puede interrumpir su embarazo por voluntad propia hasta la semana 12 como límite.

Consmed Ginecología es una clínica de ginecología acreditada para la interrupción legal del embarazo, contamos con un servicio de transporte redondo desde el aeropuerto o cualquier central de camiones o dentro del área metropolitana de la Ciudad de México hasta la clínica y de regreso. 

Preguntas frecuentes sobre el clínicas para abortar en Querétaro:

Al ser penalizado el aborto en Querétaro no podrías encontrar las pastillas para abortar en Querétaro.

Es importante saber que la toma de pastillas para abortar debe ser realizada con valoración medica previa ya que de lo contrario podrías poner en riesgo tu salud.

Te platicamos en esta sección todo sobre el el aborto con medicamentos.

Al estar penalizado el aborto en Querétaro no podrías encontrar clínicas de aborto en Querétaro.

Puedes ver las razones por las que podrías interrumpir tu embarazo por cada estado en el siguiente enlace: Estados dónde puedes abortar en México.

Al estar penalizado el aborto en Querétaro no podríamos decirte cuanto cuesta un aborto en Querétaro.

Sin embargo, el método recomendado para las pacientes que vienen de Querétaro y de cualquier otro Estado de México fuera de CDMX es el de aspiración uterina el cual tiene un precio de $4,000 pesos hasta la semana 8. Consulta nuestros precios aquí: Precios de el aborto legal.

CAPÍTULO V
ABORTO
ARTÍCULO 136.- Comete el delito de aborto el que causa la muerte al producto de la
concepción hasta antes del nacimiento.

ARTÍCULO 137.- Al que hiciere abortar a una mujer con consentimiento de ésta se le
aplicará de uno a tres años de prisión. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de
cuatro a siete años, y si mediare violencia física o moral, de siete a nueve años.

Las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad más, cuando la gestante sea menor de edad o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho. ((Ref. P. O. No. 29, 8-VI-12)

ARTÍCULO 138.- A la mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga
abortar, se le aplicará de uno a tres años de prisión.

ARTÍCULO 139.- Tratándose de la madre que voluntariamente procure su aborto o
consienta en que otro la haga abortar, el Juez podrá aplicar hasta una tercera parte de la pena prevista en el artículo anterior, cuando sea equitativo hacerlo considerando lo
dispuesto en el artículo 68 de este Código y específicamente, en su caso, el estado de salud de la madre, su instrucción y condiciones personales, las circunstancias en que se produjo la concepción, el tiempo que hubiese durado el embarazo, el desarrollo y características del producto, el consentimiento otorgado por el otro progenitor cuando éste viva con la madre y cumpla las obligaciones inherentes a la unión, los resultados de la medida cautelar de atención integral a las mujeres en caso de práctica de aborto, siempre que sean aportados por la imputada y, en general, todos los elementos conducentes a resolver equitativamente el caso de que se trate. (Ref. P. O. No. 12, 25-II-11)

ARTÍCULO 140.- Si el aborto punible lo causare un médico a un auxiliar de éste, además de las sanciones que le corresponden conforme a lo dispuesto en este capítulo, se le aplicará suspensión de uno a cinco años en el ejercicio de su profesión.

ARTÍCULO 141.- No se sancionará a los médicos y a los auxiliares de éstos que en legítimo ejercicio de su profesión brinden a la mujer la atención que requiera con motivo de un aborto punible realizado por otra persona.

ARTÍCULO 142.- No es punible el aborto:
I. Cuando sea causado por la culpa de la mujer embarazada, y
II. Cuando el embarazo sea resultado de una violación.

http://legislaturaqueretaro.gob.mx/app/uploads/2016/01/COD004.pdf

Al no haber clínicas para abortar en Querétaro muchas mujeres viajan a la Ciudad de México para poder abortar de forma legal y segura. El trayecto de Querétaro a la Ciudad de México es de aproximadamente 2 horas y 20 minutos en carro y 3 horas y 30 minutos en camión. 

El precio del boleto de camión de Querétaro a CDMX ronda los 300 a 400 pesos.

Se le denomina ILE a la interrupción legal del embarazo, que es el termino legal que se le da a un aborto realizado de forma legal. Debido a que el aborto esta penalizado en Querétaro en todas las semanas de gestación, no hay procedimientos ILE en Querétaro.

A día de hoy: 12 de Junio del 2023, aún no es legal la interrupción voluntaria del embarazo en Querétaro. Solo existen ciertas razones por las que una mujer puede interrumpir su embarazo de forma legal y segura.

Es por esto que Querétaro es el quinto estado con mayor número de mujeres que viajan a CDMX para poder interrumpir su embarazo de forma legal y segura.

Clínicas para abortar en Querétaro