Actualmente el aborto en Hermosillo esta penalizado según el “CAPITULO V” del Código Penal del Estado de Sonora. Según el artículo 266 “A la mujer que procure su aborto y a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de ella, se le aplicará uno a seis años de prisión y de veinte a doscientas Unidades de Medida y actualización”. 

Sin embargo el Artículo 269 nos dice que:

“No es punible el aborto causado por culpa de la mujer embarazada, o cuando el embarazo sea resultado de una violación”.

Y el artículo 270 nos dice lo siguiente:

“No se aplicará sanción alguna cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.”

¿Como abortar de forma legal y segura si vivo en Hermosillo, Sonora?

Muchas mujeres de todo México viajan a la Ciudad de México para interrumpir su embarazo de forma legal y segura ya que la interrupción del embarazo es legal en la Ciudad de México desde el 2007. 

El único requisito para interrumpir tu embarazo de forma legal y segura en una clínica particular de la Ciudad de México es que cuentes con menos de 12 semanas de gestación y desees interrumpir tu embarazo.

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Preguntas frecuentes sobre el aborto en Hermosillo.

El aborto esta penalizado en el Estado de Sonora. Por lo tanto, el aborto en Hermosillo esta penalizado.

Código Penal del Estado de Sonora:

ARTICULO 265.- Comete el delito de aborto quien causa la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez.

ARTÍCULO 266.- A la mujer que procure su aborto y a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de ella, se le aplicarán de uno a seis años de prisión y multa de veinte a doscientas Unidades de Medida y Actualización.

ARTICULO 267.- Al que cometa el delito de aborto sin consentimiento de la mujer embarazada, se le aplicarán prisión de tres a diez años y multa de veinte a trescientos cincuenta Unidades de Medida y Actualización. Si se empleare la violencia física o moral, las sanciones serán de cuatro a doce años de prisión y multa de cincuenta a trescientas cincuenta Unidades de Medida y Actualización.

ARTICULO 268.- Si el aborto lo causare un médico, cirujano, comadrona o partero, además de la sanción que le corresponda conforme al artículo anterior, será suspendido de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.

ARTICULO 269.- No es punibles el aborto causado por culpa de la mujer embarazada, o cuando el embarazo sea resultado de una violación.

ARTICULO 270.- No se aplicará sanción alguna cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.  

Resumiendo: El aborto esta penalizado en el Estado de Sonora, por lo tanto, el aborto esta penalizado en Hermosillo. Existen 3 razones por las que el aborto no esta penalizado: Por culpa de la mujer embarazada, cuando el aborto sea resultado de una violación o que el embarazo sea peligro de muerte para la mujer.

Debido a que el aborto esta penalizado en el Estado de Sonora no existen clínicas para abortar en Hermosillo, Sonora.

Las mujeres pueden abortar de forma legal y segura viajando a un estado donde el aborto sea legal. En el caso de México, el aborto es legal en la Ciudad de México desde el 2007. Desde el 2007 muchas mujeres viajan desde todos los Estado de la República hacia la Ciudad de México para interrumpir su embarazo de forma legal y segura.

Clínicas privadas para abortar en CDMX.

Debido a que el aborto esta penalizado en el Estado de Sonora no podrías realizar el procedimiento de pastillas para abortar.

El procedimiento de aborto con medicamentos debe ser realizado con valoración médica previa y con supervisión médica, de lo contrario la mujer podría tener graves problemas de salud.